José Ignacio Hernández: Sobre la demanda de la Fiscal pidiendo la nulidad de la designación de los magistrados
La Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, fue noticia el lunes 12 de junio de 2017 por dos hechos: 1. Por la sentencia de la Sala Electoral que declara inadmisible la demanda electoral presentada por ella; y 2. Por la decisión de la Fiscal de demandar la nulidad de la designación de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designados en diciembre de 2015.
¿Qué está pasando?
1. La decisión de la Sala Electoral
En la mañana del 12 de junio la Sala Electoral informó que, mediante sentencia número 67, declaró “inadmisible por inepta acumulación” la demanda electoral de nulidad interpuesta por la Fiscal General.
En términos sencillos, esto implica que para la Sala Electoral, Luisa Ortega Díaz se equivocó al formular su demanda pues pidió la nulidad de actos que sólo pueden ser atacados ante la Sala Constitucional, junto con la nulidad de actos que pueden ser impugnados ante la Sala Electoral. Por esto, para la sentencia, la Sala acumuló indebidamente demandas que han debido ser presentadas en tribunales distintos.
La realidad, sin embargo, es otra: Ortega Díaz, en su demanda, fue muy clara en señalar que ella solo estaba demandando la nulidad de actos y actuaciones electorales del Consejo Nacional Electoral (CNE), sin cuestionar directamente los decretos dictados por el Gobierno Nacional en torno a la fraudulenta constituyente.
En consecuencia, se trató de una simple excusa. La Sala Electoral, en realidad, optó por el camino más rápido –y más inconstitucional– el cual es negar el inicio del juicio promovido por la Fiscal.
¿Puede hacer algo más la Fiscal? Hay varias estrategias que podría emprender, con muy pocas probabilidades de éxito. Apunto dos:
1. Solicitar a la Sala Constitucional la revisión de la sentencia emitida por la Sala Electoral, a fin de que la Sala Constitucional anule esa sentencia.
2. Intentar de nuevo la demanda, aclarando –todavía más– que únicamente está demandando la nulidad de actos electorales.
En todo caso, esta decisión de la Sala comprueba que el TSJ no es un órgano imparcial que favorece el acceso a la justicia. Esto, precisamente, permite comprender mejor la nueva acción judicial intentada por Ortega Díaz.
2. La demanda de nulidad de la designación de los Magistrados
realizada por la Asamblea Nacional en 2015
En la tarde del 12 de junio, la Fiscal General anunció en el programa radial de Maripili Hernández que había demandado, ante el TSJ, la nulidad de la designación de los Magistrados realizada por la Asamblea Nacional (AN) en 2015. Para la Ortega Díaz, la desincorporación de esos Magistrados es condición necesaria para permitir que el TSJ pueda asegurar el derecho de acceso a la justicia.
Recordemos un poco la historia.
En diciembre de 2015 la AN violando el procedimiento previsto en la Constitución y la ley, designó a 13 magistrados del TSJ y otros tantos suplentes, lo que califiqué en un artículo publicado aquí Prodavinci como una clara violación a la Constitución.
La AN instalada el 5 de enero de 2016 asumió, dentro de sus primeras funciones, la investigación de tales designaciones. Estas investigaciones culminaron con un informe aprobado en julio de 2016, en el cual se declaró que esas designaciones, al violar la Constitución, eran nulas e inexistentes (como también expliqué en otro artículo).
La Sala Constitucional, en sentencia número 614/2016, declaró la nulidad de esas investigaciones y del informe aprobado por la AN como parte de las decisiones por medio de las cuales la Sala desconoció a esa Asamblea. Pese a esto, la AN ha continuado con el procedimiento para designar a los Magistrados llamados a sustituir a quienes fueron inconstitucionalmente incorporados en diciembre de 2015.
Además, también se recordará que con ocasión a las sentencias número 155 y 156, la Asamblea Nacional acordó iniciar el procedimiento para remover a los magistrados de la Sala Constitucional, procedimiento que fue obstruido por el Consejo Moral Republicano.
En esa entrevista la Fiscal General hizo referencia a todos estos antecedentes y mencionó que había intentado una demanda de nulidad en contra del Acuerdo de la Asamblea Nacional –publicado en Gaceta Oficial 40.819 el 29 de diciembre de 2015–, en el cual se nombró inconstitucionalmente a los magistrados del TSJ. Asimismo, informó que solicitó también una medida preventiva de amparo orientada a lograr la desincorporación de esos magistrados. Finalmente, solicitó a los magistrados designados que se abstuvieran de firmar cualquier decisión al estar cuestionada su incorporación y calificada de ilegítima.
Lo interesante es que, en sus declaraciones, Ortega Díaz informó que sólo recientemente tuvo acceso a las actas del Consejo Moral Republicano que acreditaban las irregularidades cometidas en la designación de esos magistrados, lo que explica porqué ahora es que cuestiona las designaciones efectuadas en diciembre de 2015. Esas pruebas, presentadas ahora por la Fiscal General, corroborarían las irregularidades asociadas a la designación de esos magistrados.
¿Qué puede pasar con esta demanda de nulidad?
Si el TSJ sigue sus estadísticas, esta nueva demanda será desechada por cualquier formalidad. Pero lo importante no es en realidad esa eventual decisión.
Lo importante es que la Fiscal General de la República ha coincidido en señalar, como antes hiciera la Asamblea Nacional, que la designación de los magistrados efectuados en diciembre de 2015 violó la Constitución, todo lo cual –junto con otras consideraciones más– permite concluir que el TSJ es un “obstáculo para la paz del país”, como la propia Ortega Díaz declaró luego de que el TSJ desechara sus recientes actuaciones ante esa instancia.
En todo caso, mientras el TSJ procesa esta nueva demanda de la Fiscal General , la AN continuará con el procedimiento de designación de magistrados a través de la Comisión de Postulaciones Judiciales, como se puede leer en el orden del día del 13 de junio.
Y mientras todo esto sucede, la fraudulenta propuesta de la constituyente avanza ahora teniendo claro –para quienes podían tener dudas– de que no hay garantías mínimas de control judicial de tal proceso.
Frente a esta situación, correspondería a los ciudadanos –como también ha advertido la Fiscal General de la República– con fundamento en los artículos 333 y 350 de la Constitución, oponerse a tal fraudulenta propuesta y contribuir al restablecimiento del orden constitucional.
Por su parte, la AN y a la Fiscal General también deben contribuir con ese restablecimiento como lo reflejan las acciones a las cuales he hecho mención en este artículo. En los próximos días veremos si nuevas instituciones del Estado se unen a este propósito.