A un año de la instalación de la Asamblea Nacional Constituyente
El 4 de agosto se cumple un año desde la instalación de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Convienen quizá algunas notas sobre el significado de este aniversario.
La convocatoria a la ANC
Las sentencias N° 155 y 156 dieron lugar a una serie de protestas ciudadanas en buena parte del país. Luego de un mes de protestas, el 1 de mayo el Presidente Maduro anunciaría al país la propuesta de una ANC, para lo cual dictó tres Decretos, a través de los cuales (i) “convocó” a la ANC; (ii) designó a los miembros de la “Comisión Presidencial” a cargo del impulso de la iniciativa y (iii) dictó las “bases comiciales” que regirían el proceso constituyente.
La “convocatoria” por el Presidente Maduro sería la primera decisión inconstitucional en el proceso constituyente, porque conforme al régimen previsto en la Constitución de 1999 (artículo 347), la convocatoria a la ANC es una potestad única y exclusiva del propio pueblo, es decir, de los ciudadanos. Esa “convocatoria” del Presidente sería avalada por la muy ambigua sentencia N° 378 de la Sala Constitucional de 31 de mayo de 2017, conforme a la cual no se requeriría un referendo consultivo para que el pueblo decida si ir o no a un proceso constituyente.
Por otra parte, junto a la “convocatoria” a la ANC realizada por el Presidente Maduro, éste dictó las “bases comiciales” por las cuales se regiría el proceso constituyente, a través del Decreto N° 2.878, mediante el cual se establecen las Bases Comiciales para la ANC (Gaceta Oficial Nº 41.156 del 23 de mayo de 2017).
Las actuaciones de la ANC
Desde entonces, la ANC ha dictado distintas decisiones, que van desde la destitución de la Fiscal Luisa Ortega Díaz, hasta la convocatoria de nuevas elecciones en el Estado Zulia, debido a que el Gobernador electo Guanipa no aceptó juramentarse ante la ANC, pasando por diversas “Leyes Constitucionales”, como la de inversión extranjera, la de precios acordados, la de los Consejos Productivos de Trabajadores e incluso una Ley contra el Odio. La ANC suprimió la Alcaldía Metropolitana y el Distrito del Alto Apure, y “autorizó” el enjuiciamiento al Diputado Freddy Guevara. En varias sesiones la ANC recibió a titulares del Poder Público, desde el Presidente de la República, hasta los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, para “ratificarlos” en sus cargos. La ANC entiende que sus poderes son “supraconstitucionales” y que sus decisiones deben ser acatadas por todos los Poderes Públicos.
Tales decisiones, por supuesto, han implicado la usurpación de las funciones que conforme a la Constitución de 1999 corresponden a la Asamblea Nacional. Así, el proceso de desmantelamiento que se inició con las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, ha continuado desde el año pasado con las decisiones de la ANC.
Por paradójico que parezca, hasta ahora la ANC no ha iniciado la única tarea para la cual podía estar llamada, si hubiera sido convocada conforme a la Constitución, la redacción de un nuevo texto constitucional. Por ello, conviene insistir en que en Venezuela hay una Constitución vigente, la de 1999, que con todos los defectos que sin duda tiene, sigue siendo de alguna forma un instrumento de defensa que los ciudadanos pueden invocar.
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¿Cuál es la situación político-institucional del país a un año de la instalación de la ANC? Un Presidente reelecto, una Asamblea Nacional desmantelada, un TSJ que se ha visto sustituido por la ANC en sus polémicas decisiones, y una ANC que entra a un segundo año de funcionamiento, cuyas actuaciones futuras difícilmente pueden ser pronosticadas.