Democracia y Política

Congreso elimina inmunidad parlamentaria y modifica otros artículos de la Constitución sin previo análisis

Pleno aprobó, en primera votación, modificar la Constitución para eliminar inmunidad de altos funcionarios y permitir que el presidente sea acusado por delitos contra la administración pública cometidos durante su mandato.

Tras una serie de críticas, el pleno del Congreso 2020-2021 volvió a sesionar este domingo y reconsideró su votación sobre el texto que eliminaba la inmunidad parlamentaria. El Parlamento, sin embargo, aprovechó el debate para modificar la fórmula legal: eliminó, además, el antejuicio de los ministros y estableció que el presidente de la República puede ser acusado por delitos contra la administración pública cometidos durante su mandato o con anterioridad.

El pleno aprobó la eliminación de la inmunidad parlamentaria y el antejuicio de altos funcionarios con 110 votos a favor y 13 en contra. Esto tras una reconsideración a la votación llevada a cabo en la madrugada del sábado 4. Al tratarse de una reforma constitucional, se requiere una segunda votación calificada en la siguiente legislatura que arranca este lunes 6.

De esta manera, la fórmula final para modificar el artículo 93 de la Constitución establece que “los ministros de Estado no cuentan con antejuicio político, ni ningún tipo de inmunidad durante el ejercicio del cargo”, y que el presidente de la República puede ser acusado por delitos contra la administración pública cometidos durante su mandato presidencial o con anterioridad.

En ese mismo artículo, se contempla que los congresistas “no son responsables ante autoridad, ni órgano jurisdiccional alguna por las opiniones y votos que emiten, ni por las acciones legislativas, de representación, de fiscalización, de control político u otras inherentes a la labor parlamentaria que realicen en el ejercicio de sus funciones”.

De otro lado, se añadió otras dos modificaciones para establecer que los magistrados del Tribunal Constitucional tienen las mismas incompatibilidades que los congresistas, con lo que también pierden inmunidad. Asimismo, se retiró el párrafo del artículo 161 de la Constitución para dejar sin inmunidad al Defensor del Pueblo.

Vale recordar que existen diversos fallos donde el Tribunal Constitucional ha cuestionado la falta de deliberación en la aprobación de leyes en el Parlamento. En un fallo del 2018 donde se declaró la inconstitucionalidad de las normas que modificaban las reglas de cuestión de confianza, el máximo órgano constitucional estableció que “este mecanismo (las exoneraciones) es empleado con el propósito de efectuar trascendentales reformas que inciden en la esencia misma de nuestra Constitución, debe demandarse un importante nivel de deliberación”.

BancadaA favorEn contraAbstenciones
Acción Popular2300
Alianza para el Progreso2100
Frepap1400
Fuerza Popular950
Unión por el Perú1300
Podemos Perú1100
Somos Perú1100
Partido Morado260
Frente Amplio520
No agrupados100
TOTAL110130

Jugada en bloque

Tras aprobarse la reconsideración, el presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, presentó el mismo texto que se aprobó con 82 votos en la madrugada del sábado, y pidió que se apruebe tal cual. Sin embargo, legisladores como Martha Chávez (Fuerza Popular, Lima) pidió abrir el debate.

Ante el entrampamiento, el presidente Manuel Merino suspendió el debate para convocar a la Junta de Portavoces. Tras casi media hora de reuniones, el pleno retomó y abrió la polémica sobre el texto sustitutorio, donde los miembros de Acción Popular como Orlando Arapa (Puno) y Wilmer Bajonero (Huánuco) pidieron que se incluya en la fórmula legal la eliminación de la inmunidad al presidente de la República.

En esa misma línea, Daniel Urresti (Podemos Perú, Lima) pidió rechazar la propuesta del sábado y votar a favor del texto planteado por Acción Popular para incluir en la fórmula legal la eliminación de la inmunidad del presidente de la República.

Previo al inicio del debate, Ricardo Burga (Acción Popular, Lima) presentó un texto sustitutorio donde establecía eliminar la inmunidad de toda la alta gama de funcionarios públicos. Gran parte de ese texto fue recogido en el texto final aprobado.

La fórmula de Acción Popular inclusó consiguió la firma de los voceros de Alianza para el Progreso, Podemos Perú, y Unión por el Perú. En el debate, la propuesta incluso recibió el respaldo de los grupos parlamentarios de Fuerza Popular y Frepap.

Tras el debate, Chehade reconoció que existía un consenso para incluir la eliminación de la figura del antejuicio de altos funcionarios públicos, para lo cual presentó un nuevo texto sustitutorio, reogiendo principalmente la propuesta de Acción Popular.

Francisco Sagasti (Partido Morado, Lima) criticó que las modificaciones establecidas se intenten aprobar sin ningún tipo de análisis, por lo que planteó una cuestión previa para que el tema retorne a la Comisión de Constitución. Sin embargo, este pedido fue desestimado por mayoría.

Antes de la votación final, varios congresistas tomaron la palabra para solicitar más modificaciones al texto presentado por el titular de la Comisión de Constitución. “Estamos hablando de la Constitución y la estamos cambiando en tres horas, y hay varios errores en esto”, advirtió Rennan Espinoza (Somos Perú, Lima), aunque al final su bancada terminó votando a favor junto a otras siete bancadas.

Cuestión procedimental

La normativa vigente señala que una reforma constitucional puede ser aprobada de dos maneras: obtener 87 votos en dos legislaturas consecutivas, u obtener como mínimo 66 votos y ser sometida a referéndum. En la sesión de la madrugada del sábado, el pleno solo alcanzó 82 votos, por lo que era necesario que la eliminación de la inmunidad parlamentaria sea sometido al referéndum.

Sin embargo, dos bancadas presentaron una reconsideración a la votación. Este mecanismo permite revertir una votación y, según un informe de la Comisión de Constitución aprobado en el 2004, se considera que el presidente del Congreso “al advertir la necesidad de conceder reconsideraciones, puede concederlas de manera extraordinaria, siempre quedo haya ejecución de acuerdo”. En este caso, se interpreta que la ejecución es hasta antes del decreto que convoca el referéndum.

Horas antes del pleno, el presidente Martin Vizcarra anunció que convocaría a referéndum, pero con la nueva votación calificada, el proceso de consulta popular ya no sería necesario. Esto debido a que se optaría por la segunda fórmula de aprobación, que implica otra segunda votación superior a las 87 adhesiones en la próxima legislatura, que inicia este lunes 6.

 

 

 

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