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El Gobierno limita la libertad religiosa en Cuba y crea asociaciones «impostoras», según un informe

Prisoners Defenders describe cómo la Seguridad del Estado ha intentado crear "falsas instituciones", que suplantan la representatividad de las asociaciones religiosas cubanas

Miembros del Consejo de Iglesias y de la Liga Islámica de Cuba, dos instituciones conectadas con el Gobierno, según Prisoners Defenders. (Liga Islámica de Cuba)

Miembros del Consejo de Iglesias y de la Liga Islámica de Cuba, dos instituciones conectadas con el Gobierno, según Prisoners Defenders. (Liga Islámica de Cuba)

 

La organización Prisoners Defenders circuló este martes el informe Reforma constitucional y libertad religiosa en Cuba, un documento complementario a una evaluación realizada por la Comisión de los EE UU para la Libertad Religiosa Internacional (Uscirf).

Prisoners Defenders, con sede en Madrid, que participó en la redacción del informe estadounidense, analiza en este nuevo texto el testimonio de 56 líderes y laicos cubanos, procedentes de las cuatro confesiones religiosas de mayor presencia en el país: católicos, protestantes, yorubas y musulmanes.

El documento señala la vulneración total o parcial de los derechos vinculados al ejercicio óptimo de la libertad religiosa, por parte de las autoridades gubernamentales, policiales y de modo particular por la Oficina de Asuntos Religiosos del Partido Comunista. Entre los derechos registrados están los de expresión, reunión, asociación, privacidad/intimidad, no discriminación y libre circulación.

Unas «consideraciones sobre la Constitución» detallan las dificultades legales que la Carta Magna cubana de 2019 supone para la libertad religiosa. Para ello, Prisoners Defenders retoma un análisis realizado ese año, del cual concluía que «la actual Constitución ha significado un ligero paso atrás en la materia de la normalización del marco jurídico sobre asuntos religiosos en comparación con la Constitución de 1976».

Con la publicación de la Carta Magna, se descartó también la posibilidad de redactar una Ley de Cultos, una «asignatura pendiente» desde 1976. Además, al proclamar que «el Partido Comunista es la fuerza política dirigente superior de la sociedad y del Estado», el texto constitucional limita su propio campo de actuación y ofrece al Partido una condición «supraconstitucional».

Con la nueva Constitución de 2019 se descartó la posibilidad de redactar una Ley de Cultos, una «asignatura pendiente» desde 1976

Según el informe, tanto el Partido como su Oficina de Asuntos Religiosos son organizaciones «oscuras y trabajan bajo la ausencia de legislación».

Un extenso acápite sobre la represión arrojó datos concretos sobre la frecuencia con que los líderes religiosos sufren citaciones policiales, prohibiciones de alguna índole, detenciones arbitrarias, actos de repudio, vigilancia y expresiones de odio. Varios casos se refieren también a la imposibilidad de celebrar procesiones, ritos públicos, sepelios y visitas, así como la obstaculización de viajes, donaciones y obras constructivas.

Prisoners Defenders describe el proceso mediante el cual, históricamente, el Gobierno cubano ha intentado crear «falsas instituciones», que suplantan la representatividad internacional de las asociaciones religiosas.

«En el caso de las Iglesias cristianas ha creado el Consejo de Iglesias; en la religión yoruba, la Asociación Cultural Yoruba; y en la religión islámica, ha creado la Liga Islámica de Cuba. Las tres organizaciones están controladas por la Seguridad del Estado», asegura el documento.

Señala además que, aunque las «técnicas» varían de una confesión a otra, el patrón represivo es común. Sin embargo, el Gobierno «se cuida» de ataques frontales, sobre todo, a la Iglesia católica, debido a la «organización y defensa internacional que dicha Iglesia tiene».

En cuanto a las Iglesias protestantes, la represión «se da en forma más obvia» y en dos fases. La primera tiene como objetivo desarticular el activismo de un pastor por medio del chantaje directo a su presidente de obra o líder superior, a menudo a nivel internacional. En un segundo momento se procede al aislamiento social del pastor, que suele terminar en la cárcel o el exilio.

El Gobierno «creó una institución registrada con falsos musulmanes, agentes de la Seguridad del Estado y afines oficialistas», como maniobra de suplantación al trabajo y prestigio del imán Hassan Abdul Gafur

Sobre la religión yoruba, el informe indica que está «consentida» por el Gobierno, pero es «ilegal y nunca ha sido permitida y/o legitimada oficialmente». Esto conduce a que el sacerdote o babalawo deba practicar su religión «a espaldas de la legalidad, en condiciones ilegales y perfectas para que pueda ser en todo momento chantajeado».

La represión al islam es «un caso especial», según Prisoners Defenders, pues el Gobierno «creó una institución registrada con falsos musulmanes, agentes de la Seguridad del Estado y afines oficialistas», como maniobra de suplantación al trabajo y prestigio del imán Hassan Abdul Gafur (Ernesto Silveira Cabrera), impulsor de la religión musulmana en la Isla. Las autoridades difundieron internacionalmente y de manera sistemática que Silveira era el creador de la oficialista Liga Islámica, lo cual contribuyó al prestigio de esa organización.

La Liga tiene un valor adicional, pues avala al Gobierno cubano a nivel internacional como «país que respeta el islam», lo cual ha favorecido los negocios con países musulmanes. La totalidad de los líderes islámicos entrevistados coinciden en señalar que la Liga tiene «una agenda política oficialista» y que es uno de los brazos religiosos de la Seguridad del Estado.

En su informe, Prisoners Defenders incluye las conclusiones de la Uscirf en lo referente a las limitaciones de las organizaciones religiosas para ejercer la caridad, contar con espacios en los medios de comunicación y ejecutar reformas constructivas.

Además, el documento reproduce las consideraciones del Relator Especial sobre la Libertad de Religión o de Creencias de las Naciones Unidas sobre la libertad religiosa en la Isla. «La evaluación del equipo determinó que Cuba no cumplía 33 y cumplía parcialmente con tres indicadores» indispensables para el libre ejercicio de este derecho.

 

 

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