Oswaldo Páez-Pumar: La pugna del orto y el aborto
Nos preguntábamos al concluir nuestro artículo anterior si el aborto sería privilegio de la embarazada o si el Estado diría cuándo no o cuándo sí. La pregunta no es retórica. En el África se adelantan proyectos de control de natalidad que tienen entre sus principales instrumentos al aborto. La pobreza y el hambre que predomina en el África subsahariana se dice que pudiera ser reducida, si se reduce la tasa de crecimiento de la población y como la tasa de apareamiento resulta de imposible reducción y la utilización de métodos o medidas anticonceptivas no resultan siempre eficaces, se dice, aunque no me consta su veracidad, que hay hasta fondos disponibles para ¿recompensar, indemnizar o estimular? el aborto.
Si nos consta la veracidad de una política para el control de la natalidad o control de la población diseñada en China que sigue siendo políticamente comunista, pero económicamente capitalista (parece que en algunos sectores del mundo occidental este esquema resulta atractivo). Ese diseño procede desde los tiempos del todopoderoso Mao, lo cual significa hace más de medio siglo, por el cual se prohibía a las parejas tener si mi memoria no me falla más de dos hijos. Hoy hay un gran debate en torno a la legalización de un tercer hijo, lo que prueba que el diseño político tuvo éxito; y aquí surge mi pregunta ¿Cómo lograron los chinos un cumplimiento tan ejemplar de esa ley o de esa política, según se la quiera llamar?
¿Acaso a todo chino que figurara dos veces como padre se le aplicaba voluntaria o involuntariamente la vasectomía? Siendo la igualdad del hombre y la mujer un logro de la civilización occidental o civilización judeo-cristiana, me inclino a pensar que por ser más fácil de identificar y controlar la maternidad que la paternidad, pudo ser que toda mujer que hubiera parido dos veces se le cerraba el camino para un tercer parto.
Sin embargo, siendo el de la China un territorio tan extenso y su población tan inmensa resulta casi imposible asegurar que la orden de Mao se cumpliera durante su imperio y más allá del mismo mientras vivió, pero que aún después de muerto esa política o ley se cumpliera resulta totalmente increíble, pero créanlo porque de no ser así no estaría planteada en la sociedad china de hoy la discusión sobre un “tercer hijo”.
Si mis malos pensamientos se apartan de la verdad le ofrezco disculpas a mis lectores y a los chinos, porque si bien la posibilidad de impedir la concepción de un tercer hijo es difícil de instrumentar en cualquier país, y más en uno de la dimensión de China en extensión geográfica y en población, la posibilidad de imponer un aborto cuenta con un largo período que no es de nueve meses, porque al principio no se nota, y desde luego con la posibilidad de denuncia del vecino o la vecina, de lo que concluyo, que establecido el aborto “como derecho”, será el Estado y no la embarazada quien determinará la procedencia del mismo.
En pocas palabras la vieja regla según la cual “el concebido se tendrá como nacido cuando se trate de su bien” es la defensa de la persona frente al Estado, es la contención de la posibilidad de imponerle a la embarazada el aborto incluso contra su voluntad. Como toda pretensión, esta del aborto, como derecho humano, no es otra cosa diferente a decir por parte de la que reclama su derecho a abortar: yo, y mi persona y yo, tenemos un derecho no susceptible de contención, cuando la primerísima regla de derecho expresa que “mi derecho llega solo hasta donde está el derecho de otro”.