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Oswaldo Páez-Pumar: Con la intención de aclarar

 

Admito que pueda estar equivocado, pero le he dado tantas vueltas, varias veces, antes de escribir sobre este tópico que tengo la pretensión de creer que no lo estoy. Escribo pues sobre la designación de Juan Guaidó como “encargado de la presidencia” (llamarlo de este modo y no presidente encargado) ya es una toma de posición.

Cuando la Asamblea Nacional tomó la decisión de designar a Juan Guaidó como encargado de la presidencia en enero del año 2019,  agotó por haberla ya ejercido la facultad para efectuar esa designación; y por lo tanto desde ese momento dejó de tener esa facultad. La circunstancia de que la designación hubiera recaído sobre quien en ese momento ejercía la presidencia de la Asamblea, no hace renacer en la Asamblea esa facultad, ni mucho menos caracteriza a el nuevo presidente de la Asamblea como posible sustituto de Juan Guaidó, cosa que para ocurrir implicaría que se llegara a producir la falta absoluta de Guaidó, circunstancia ésta en la cual renacería (por llamarla de algún modo) tal facultad y la designación podría recaer sobre quien entonces sea presidente de la asamblea, sobre cualesquiera otro de los diputados o sobre cualquier ciudadano, usted que me lee y yo que escribo, que llene los requisitos que el artículo 227 de la constitución establece para poder ser elegido presidente, requisitos éstos que necesariamente debe llenar quien sin haber sido electo en una votación universal, sea nombrado para cubrir la vacancia de la presidencia en una situación no regulada expresamente en la constitución, como la que originó la designación de Guaidó.

Quizá la confusión la origina que la designación de Guaidó fue hecha precisamente cuando era presidente de la Asamblea, confundiéndose esa designación con la que contempla el segundo párrafo del artículo 223 de la Constitución que prevé  que se encargue el presidente de la Asamblea cuando hay falta absoluta del “presidente electo” antes de tomar posesión. La circunstancia de la supuesta reelección del usurpador creó una situación muy parecida a la aludida, pero no es la que la constitución define y regla.

Debemos dar gracias a Dios y por supuesto también a Guaidó por haber manifestado que no se presentará como candidato a la presidencia, esa facultad solo le corresponde y por una sola vez a quien ha sido elegido presidente en votación universal, destaco que es por una sola vez porque la supuesta reforma que permite la reelección indefinida, fue aprobada en violación de la constitución, ya que habiendo sido negada la propuesta en un referendo fue, en contra de lo que dispone la constitución, sometida a otro referendo durante el mismo período, una segunda oportunidad; y claro con la complicidad del tsj que estaba al servicio de Chávez, como hoy lo está al servicio del usurpador.

El agradecimiento a Guaidó es porque mató dos pájaros de un tiro. Quitarse de encima el acoso de unos supuestos líderes por hacerse con el cargo de “encargado de la presidencia”, desde luego porque eso los acerca a la candidatura presidencial, sin darse cuenta que encargado de la presidencia no puede ser candidato presidencial a menos que se separe, porque como ya dijimos esa prerrogativa sola la tiene el presidente electo para ser reelegido.

El otro pájaro que mató es la acusación de que está usando la encargaduría de la presidencia para competir con ventaja por la candidatura de la oposición, acusación que por cierto pone en evidencia a algunos aspirantes de la oposición a esa encargaduría, que la visualizan ni más ni menos, como la visualizó Chávez Frías desde antes de acceder a la presidencia y desde luego cuando sus acólitos le ofrecieron un segundo período y después indefinidamente.

Caracas, 6 de diciembre de 2021

 

 

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