Reflexiones sobre las leyes que vienen
Casi al final del texto definitivo de la nueva Constitución de la República, ratificada el pasado 24 de febrero, aparecen trece disposiciones transitorias donde se imponen los plazos para la promulgación de nuevas leyes complementarias.
Aunque no se ha mencionado oficialmente una fecha para su definitiva publicación en la Gaceta Oficial, los diputados han propuesto que la entrada en vigor de la nueva Carta Magna sea el 10 de abril de 2019 por cumplirse ese día 150 años de la primera Constitución de la República en Armas proclamada en Guáimaro en 1869.
Si se escoge esa fecha, se calcularán los plazos establecidos a partir del 10 abril para cada uno de los pasos previstos en las disposiciones transitorias. Sin embargo, las fechas indicadas a continuación podrían adelantarse.
Octubre de 2019: Aprobación de una nueva Ley Electoral.
Esta ley fue anunciada por Raúl Castro en febrero de 2015 durante la celebración del X Pleno del Comité Central del Partido Comunista de Cuba (PCC). El debate sobre ese tema en los medios oficiales fue fugaz, pero en el entorno de la sociedad civil independiente y la oposición política surgieron propuestas encaminadas a eliminar la Comisión de Candidaturas y a introducir la elección del presidente de la República por el voto popular. La nueva Constitución ha establecido que el presidente será elegido por el Parlamento y por esta razón la nueva legislación electoral nacerá atada por ese precepto.
Enero de 2020: la Asamblea Nacional del Poder popular (ANPP) elegirá entre sus diputados, a su presidente, vicepresidente y secretario, a los demás miembros del Consejo de Estado y al presidente y vicepresidente de la República.
De ser así, el 24 de febrero de 2020 sería tal vez el momento elegido para la toma de posesión de estos cargos. Aquí surgen varias preguntas. La primera es si, en el caso de que Miguel Díaz-Canel sea designado como presidente de la República, y si logra ser reelegido para un segundo mandato, el conteo regresivo de su estancia en el poder se extenderá hasta febrero de 2030. ¿En qué cuenta se anota el año que gobernó entre 2019 y 2020?
Abril de 2020: El presidente de la República propone a la ANPP la designación del primer ministro, viceprimeros ministros, el secretario y demás miembros del Consejo de Ministros.
En los tiempos en que Fidel Castro ocupaba el cargo de primer ministro (desde el 16 de febrero de 1959 hasta el 2 de diciembre de 1976) su poder no dependía de su investidura, sino a la inversa. Ese cargo era importante porque lo ocupaba el Máximo Líder. Desde que él se convirtió en jefe de Estado ya no hubo más un premier aunque Carlos Lage fue tenido como tal cuando se desempeñaba como secretario del Consejo de Estado. Entre bastidores se le llamaba «el administrador del manicomio». Entre los candidatos a este puesto se manejan los nombre s de Homero Acosta y Mercedes López Acea.
En esa misma fecha el presidente deberá proponer a las asambleas municipales la elección de los gobernadores y vicegobernadores provinciales.
Entre las discrepancias con el proyecto de Constitución que más eco tuvieron durante los debates populares se encuentra el detalle de la elección de los gobernadores provinciales. Una buena parte de los ciudadanos que participaron en estas discusiones propusieron que este cargo gubernamental debería ser propuesto y aprobado por el voto de sus electores.
La ANPP aprueba su reglamento y el del Consejo de Estado.
La ANPP aprobará un cronograma legislativo de un año que dé cumplimiento a la elaboración de las leyes que desarrollan los preceptos establecidos en la nueva Carta Magna.
Veremos, por ejemplo, cómo los juristas ponen en práctica el artículo 4 de la Carta Magna, que institucionaliza la intolerancia, los mítines de repudio y la represión a los opositores. Esa disposición da a los ciudadanos el derecho «de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada […], contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución».
Julio de 2020: las asambleas municipales designan a los intendentes.
Octubre de 2020: El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular presenta a la ANPP el proyecto de Ley de los Tribunales populares y propuestas de modificaciones a la Ley de procedimiento penal y a la Ley de procedimiento civil, administrativo, laboral y económico que correspondan.
Sería deseable que se incluyan en esa ley la prohibición de las detenciones arbitrarias, el derecho del detenido a tener un abogado desde el inicio del proceso y los recursos contra las confiscaciones indebidas, las condenas desproporcionadas o las limitaciones para viajar dentro del territorio nacional y fuera del país.
Abril de 2021: El Consejo de Ministros presenta a la ANPP el proyecto de reglamento de ese órgano y de los gobiernos provinciales.
La ANPP aprueba el reglamento de las asambleas municipales y de su consejo de administración.
Se inicia el proceso de consulta popular y referendo del proyecto de Código de Familia, en el que debe figurar la forma de constituir el matrimonio.
Dos años, como máximo, tendrán que esperar los que con tanta pasión se colocaron en barricadas opuestas para dirimir el asunto de si el matrimonio debe ser definido entre hombre y mujer o entre personas dispuestas a legalizar su vínculo de pareja. Demasiada energía, demasiado tiempo se le dedicó a este tema si se le compara con la irrevocabilidad del sistema o el partido único. Pero así ocurrió.
En 2021 se iniciará un proceso de consulta que presupone un prolongado encontronazo entre la comunidad LGBTI y las Iglesias evangélicas que han estado tan activas en este tema. Para esa fecha ya Raúl Castro no será el primer secretario del Partido Comunista y Mariela Castro carecerá del apoyo simbólico que le dio la genética.
Asuntos de mayor importancia deberán atraer la atención de quienes queden al mando de esta nave. Entre ellos, para solo citar los de mayor trascendencia, habría que mencionar la solución al agudo problema de la dualidad monetaria, la eliminación del sistema de racionamiento, la liberalización de las fuerzas productivas en las formas no estatales de producción y servicios, una mayor apertura de las leyes migratorias que restituya todos los derechos a los cubanos que viven en el extranjero y, desde luego, la despenalización de la discrepancia política.