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Rubiales y el fiasco de Iceta

El Gobierno ya no sólo debe dar cuenta de por qué hizo caso omiso de las denuncias contra Rubiales, sino de su torpeza a la hora de intentar sancionarlo

La resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) sobre el caso Rubiales ha expuesto con singular aplomo la frivolidad del actual Gobierno en funciones que ha sido víctima de su propio oportunismo político. Ante la denuncia del Consejo Superior de Deportes (CSD) que consideraba «muy graves» las faltas de Rubiales durante la final del Mundial femenino de Fútbol, el órgano ha estimado que se trata de infracciones que habiendo faltado «a la dignidad o decoro deportivos» sólo se pueden calificar de «graves» y que «no existen indicios racionales suficientes de la comisión de una infracción por abuso de autoridad» en el beso que Rubiales le dio a la jugadora Jennifer Hermoso que es lo que habría elevado el nivel de reproche.

El tribunal le recuerda al Gobierno que para hablar de abuso de autoridad se requiere «de una prueba cumplida y eficaz, no siendo admisible las simples conjeturas o hipótesis». Viene esta crítica al hecho de que el CSD envió recortes de prensa como prueba de los supuestos indicios. La negligencia por parte del organismo oficial es tal que para referirse al comunicado de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) se remitió una noticia de prensa en vez del documento original.

Pero la crítica más demoledora tiene que ver con el hecho de que el TAD ha tenido que ajustar su decisión a la Ley del Deporte de 1990 y no a la aprobada el 31 de diciembre de 2022 debido a la inacción del Ejecutivo a la hora de desarrollar legislativamente la norma. El Gobierno tenía seis meses a contar de la aprobación de la ley para aprobar el nuevo reglamento de disciplina deportiva, pero no lo hizo porque Pedro Sánchez disolvió las cámaras y los anteproyectos de ley decayeron con el fin de la legislatura. El tribunal se lo recuerda al Ejecutivo: «no habiéndose desarrollado… por el Gobierno» uno nuevo, el reglamento sancionador que sigue rigiendo es el de hace 31 años. Y la principal consecuencia de esto es que en vez de considerar que el beso a Hermoso es una falta «muy grave», en aplicación del protocolo de actuación contra la violencia sexual, se debe considerar como de menor gravedad lo que impide que el CSD pueda suspenderlo como directivo.

A la cadena de errores expuesta por esta resolución se sumó la intervención del ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta, quien prácticamente hizo un llamamiento al Tribunal a prevaricar y a suspender a Rubiales pese a la calificación de sus actos. Se da la circunstancia de que el TAD es un tribunal compuesto por siete miembros (cuatro hombres y tres mujeres) cuya mayoría es designada por el Gobierno, mientras que los otros tres son propuestos por las federaciones deportivas. Hay que añadir también que dos de los abogados del Estado que lo integran trabajan a las órdenes directas de los ministros de la Presidencia e Industria.

El CSD, por su parte, decidió no sumarse a los llamamientos del ministro y ha preferido anunciar que se presentarán acciones legales contra Rubiales, como sugiere la misma resolución del TAD que considera que es la jurisdicción penal la que debe apreciar y valorar si existe «un acto de contenido sexual con abuso de una situación de superioridad». Ahora el Gobierno no sólo debe aclarar por qué el CSD metió en un cajón las denuncias contra Rubiales por supuestas irregularidades, sino por qué escogió una vía que ha terminado demostrando que Rubiales seguiría en su puesto si la FIFA no lo hubiese suspendido temporalmente.

 

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