Aveledo: Parlamentarismo español, derecho e historia
Este 17 de agosto se deben instalar las Cortes Generales de España y a partir de ahí el Rey propone a un candidato a la presidencia del Gobierno, pero sólo previa consulta con los partidos políticos
Parlamentarismo Español titula Azorín su libro de crónicas parlamentarias de comienzos del pasado siglo. Recurro a él cuando ando a tientas, sin conocer el desenlace de las inéditas elecciones veraniegas que no han arrojado mayoría clara en el Congreso de los Diputados, mientras en el Senado sí. Allí el Partido Popular, el más votado por los ciudadanos tiene el control, pero no corresponde a ésta sino a aquella cámara determinar quién podrá gobernar. En un clima social de opiniones muy divididas, la cuestión genera polémicas que conviene aclarar, no sin recordar, aunque sea al pasar, lo escrito en el volumen citado: “No; los políticos no son una excepción en un país. Los políticos son, como las demás categorías sociales, como los ingenieros, por ejemplo, o los mercaderes o los rentistas. Puede haber matices, particularidades; más en conjunto, genéricamente, no se podrá establecer diferenciación honda…”. Advierte que no absuelve a los políticos, pero no los juzga de manera diferente: “Los juzgamos a todos de la misma manera. Los juzgamos con el mismo grado, mayor o menor, de serenidad u hostilidad”.
Esa serenidad es, digamos lo menos, infrecuente. De los políticos se cree cualquier cosa, preferiblemente mala.
Toca a las Cortes Generales de España instalarse el 17 de agosto, según los plazos constitucionales y al Rey proponer el candidato a Presidente del Gobierno, por el artículo 62 de la Constitución. El Rey, Jefe del Estado “símbolo de la unidad y permanencia” estatal, de acuerdo al 56 de esa Carta “arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones…”. El contexto lo pauta el artículo 1: “La soberanía reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” y “La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria”. Vale decir, el monarca no es el soberano, sino el pueblo.
El constituyente y constitucionalista Alzaga opina que “El Rey tiene de iure plena libertad de sugerir el candidato que estime conveniente. El único requisito formal es la consulta previa con los partidos políticos representados en el parlamento, como le obliga el artículo 99.
Es lógico en una democracia, que la discrecional facultad regia esté condicionada por el sistema de partidos y no puede separarse de la existencia de una mayoría parlamentaria. En los bipartidismos, como el británico, el monarca la tiene fácil, pues el voto produce mayorías parlamentarias naturalmente. Pero en los sistemas de partidos multipartidistas, cuya existencia se alimenta con la representación proporcional, ocurre con relativa frecuencia que de las urnas no emane una mayoría parlamentaria, lo que obligará a formar coaliciones o acuerdos para la formación de gobierno. En este caso, la consulta a los líderes partidistas adquiere una tesitura que trasciende a la mera constatación numérica y abre la puerta a su delicada y en este caso trascendente función arbitral.
Si el candidato del Rey obtiene la confianza mediante mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, lo nombrará Presidente y éste escogerá sus ministros. Si no lo logra, se someterá a nueva votación cuarenta y ocho horas después y ya bastaría la mayoría simple. De no lograrla, habrá que ensayar otras propuestas. Si transcurridos dos meses después de la primera votación de investidura ningún candidato obtuviera la confianza parlamentaria, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones.
He leído opiniones exigiendo al Rey actuar de tal o cual manera, como si estuviera obligado. No es el caso. La facultad regia se ejerce con libertad, luego de la consulta a los partidos, sus linderos son los de la prudencia que en Felipe VI no es escasa, lo mismo que su adhesión a los valores constitucionales.
Por estas fechas, hace cien años, los eventos precipitaron una crisis de enormes proporciones. Alfonso XIII, bisabuelo del actual rey, acaso cansado de la inestabilidad y debilidad de gobiernos como el liberal de Romanones y los conservadores de Dato y asesinado éste, de Allendesalazar, pronunció en Córdoba en 1921 discurso que al tomar iniciativas políticas, traspasaba los límites constitucionales. Un nuevo episodio en la guerra del Rif, precipitó la caída del conservatismo y llamó el Rey al liberal García Prieto a formar gabinete. El general Primo de Rivera se sublevó, el gobierno pidió al monarca que lo removiera junto a otros oficiales, no lo hizo. Terminaría nombrándolo Presidente del Gobierno. Comenzó una dictadura de siete años que en algunas etapas logró apoyos entre los socialistas. Caída, vinieron la remoción del monarca y la II República, después la Guerra Civil y Franco. Es historia.