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El fallo de la Corte: el triunfo de una política de Estado

Muchas lecciones deja el fallo de la Corte Internacional de Justicia que deben tenerse en cuenta.

CONTROVERSIA TERRITORIAL Y LIMITACION MARITIMA

 

El fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la demanda de Nicaragua contra Colombia pone fin, al menos jurídicamente, a las pretensiones de ese país sobre el Caribe Occidental.

Para sólo mencionar la época actual, Nicaragua desde 1969 en la “era de Somoza”, pretendió, los cayos de Rocador, Quitasueño y Serrana; luego en 1980 la Junta Sandinista, todo el archipiélago; más adelante, Ortega, todas las áreas marítimas en el Caribe Occidental, y, finalmente aún con Ortega, la plataforma continental extendida incluso para entrar a la zona económica exclusiva generada, no ya por el archipiélago, sino por la costa atlántica colombiana.

En el año 2007, la Corte por mayoría de votos rechazó las pretensiones de Nicaragua y confirmó los derechos de Colombia sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina y también sobre los cayos. Pero como hay cerca de un centenar de cayos en el área, afirmó que debía definir cuáles eran los que pertenecían al archipiélago.

Igualmente, la Corte no aceptó el límite marítimo que Colombia había solicitado siguiendo el meridiano 82° que por primera vez había planteado nuestro país durante el gobierno de Carlos Lleras Restrepo. Sin embargo, tampoco aceptó el límite que Nicaragua había solicitado, siguiendo el supuesto borde externo de su plataforma continental, que incluso podía penetrar en la zona económica del litoral caribeño colombiano. La Corte fijó su propia delimitación, con base a los principios y normas del derecho internacional que consideró aplicables.

No obstante, Nicaragua afectada por la sucesión de fracasos, manejados con gran discreción, demandó nuevamente a Colombia y solicitó a la Corte, valiéndose de diferentes argumentos, que le reconociera el mismo límite que le había rechazado en el 2012, es decir el de la plataforma continental extendida.

La Corte con su fallo, impide que, jurídicamente al menos, Nicaragua pueda seguir con un manto de falsa juridicidad aspirando a espacios marítimos en las áreas que pertenecen a Colombia en el Caribe Occidental.

El fallo de la Corte es, además, el triunfo de una política de estado llevada a cabo por Colombia durante once gobiernos que, aunque en ocasiones han estado distanciados por criterios divergentes sobre algunos aspectos del caso, siempre siguieron un rumbo. Lo que no ha sido frecuente, ni en Colombia ni en otros estados, en donde la llegada de un nuevo gobierno implica un cambio brusco de rumbo, especialmente en una materia tan compleja como esta.

Nicaragua podrá seguir actuando en diferentes formas para “sacarse el clavo” de Colombia. Para eso hay que estar preparados, pero ya no va a tener el apoyo de la Corte Internacional de Justicia, aunque su embajador en Países Bajos haya estado acreditado allá por más de treinta años, tenga gran competencia sobre el tema y que sea buen amigo de los jueces.

Debe destacarse la labor del equipo colombiano ante la Corte, así como la dirección del canciller Álvaro Leiva y sus colaboradores en cancillería. El fallo será una nota importante en la política exterior colombiana.

 

 

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