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Maduro puede ser enjuiciado por terceros países como Pinochet por crímenes de lesa humanidad

El informe de la ONU abre un abanico de posibilidades como la CPI y la CIJ para iniciar procesos penales contra el régimen venezolano

El informe de la ONU que responsabiliza al régimen de Nicolás Maduro de perpetrar crímenes de lesa humanidad contra venezolanos disidentes, puede ser enjuiciado por terceros países como ocurrió en el caso del dictador chileno Augusto Pinochet, y en la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional en La Haya.

Los alcances de la investigación llevada a cabo por la Misión de Determinación de Hechos de la ONU sobre la violación de los derechos humanos en Venezuela desde 2014, fecha en que Maduro asume el mando, son amplios y se reflejan en las 13 recomendaciones principales.

La Misión emitió un informe de 443 páginas donde documenta 223 casos de tortura y malos tratos sobre más de 2.000 personas que han sido víctimas de trato inhumanos. Señala como responsables de estos crímenes a Maduro, también a Diosdado Cabello, el número dos del régimen y presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, y a los ministros de Interior, Néstor Reverol y de Defensa Vladimir Padrino López.

La embajadora venezolana en Guatemala, María Teresa Romero, calificó de histórico el informe de la Misión de la ONU porque cambia «la correlación de fuerzas en la opinión pública nacional e internacional, frente a Nicolás Maduro y todos sus agentes policiales y de inteligencia»,

«Esto tiene consecuencias muy importantes, en lo inmediato va a ser discutido en el Consejo de Derechos Humanos, la próxima semana, y esto además debería ser un insumo para la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), donde ya está el caso venezolano en una fase de investigación preliminar», refirió la embajadora Romero a CCN Radio.

Jurisdicción universal

Romero resaltó además que «al elevar este informe a nivel internacional, las personas mencionadas pueden ser enjuiciadas en cualquier país con jurisdicción universal, esto significa que hay capacidad para juzgar delitos internacionales sin importar la nacionalidad o el lugar donde se haya cometido el delito del imputado, como se juzgó en su día a Augusto Pinochet».

En efecto, entre sus recomendaciones internacionales, los investigadores de la Misión de la ONU, plantean que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional tenga en cuenta la necesidad de que se haga justicia oportunamente a las víctimas de los crímenes investigados.

También señala que los Estados deberían considerar la posibilidad de iniciar acciones legales contra los individuos responsables de las violaciones y los crímenes identificados en el presente informe, de conformidad con su legislación interna pertinente.

Igual asegurar que la futura cooperación en materia de seguridad y las transferencias de equipo policial y militar estén supeditadas a que Venezuela se comprometa a garantizar que sus fuerzas de seguridad cumplan sus obligaciones internacionales en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.

En el plano interno recomienda derogar la «Ley contra el odio» de la Asamblea Nacional Constituyente y cesar el enjuiciamiento penal en virtud de esta ley, incluso contra los disidentes políticos y los periodistas.

También «cesar la retórica pública, incluso de las autoridades de alto nivel, que incita a la violencia contra quienes expresan oposición a las políticas o acciones del Gobierno, incluidos los manifestantes». Adicionalmente «asegurar que no se levante la inmunidad parlamentaria a menos que sea de acuerdo con los procedimientos establecidos en el artículo 200 de la Constitución. Restablecer la inmunidad parlamentaria de los diputados que no haya sido retirada de acuerdo con este proceso».

Órdenes de liberación pendientes

También «ejecutar inmediatamente las órdenes judiciales de liberación pendientes relacionadas con personas a las que se han concedido medidas sustitutivas no privativas de la libertad o que han cumplido plenamente sus sentencias, pero que siguen detenidas, incluidas las identificadas en el presente informe».

Recomiendan «acabar inmediatamente con el uso de lugares de detención temporales o clandestinos. Investigar y procesar a los sospechosos de participar en su creación y uso. Asegurar la reparación de las víctimas detenidas en esos lugares».

Por otra parte «suspender a los miembros del SEBIN, de la DGCIM o de cualquier otra institución del Estado mientras se les investiga por tortura»

Enfatizan “desmantelar las FAES dado el alto número de ejecuciones extrajudiciales realizadas por esta fuerza policial desde su creación”.

Subrayan «cesar la colaboración con los colectivos y cualesquiera otros grupos armados que operen fuera de las estructuras de seguridad del Estado, que participen en actividades ilegales y no estén sujetos tanto a control como a responsabilidad, así como desarmarlos y disolverlos».

Por último, aconsejan cooperar con los órganos de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Cumplir con las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana y las medidas provisionales emitidas por la Corte Interamericana. Aplicar las sentencias de la Corte Interamericana relacionadas con Venezuela.

 

 

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