El partido único, una reliquia que (casi) nadie se atreve a denunciar en el debate constitucional
Solo nueve meses después de la visita de Brezhnev a La Habana se creó la comisión encargada de redactar el anteproyecto de Constitución.
El artículo 5 del proyecto de reforma sigue calcando las extintas Leyes de los países del bloque soviético.
Muchas veces, detrás del ropaje de la soberanía y de la independencia, en realidad se esconden elementos calcados o impuestos desde otras latitudes. La reforma de la Constitución que se lleva a cabo actualmente en Cuba no está exenta de esas contradicciones al dar como si fueran «nuestros» varios puntos que han sido copiados a terceros.
Uno de los casos más emblemáticos de este mimetismo es el Artículo 5 del proyecto de Carta Magna donde el Partido Comunista de Cuba (PCC) queda descrito como «la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado«. Aunque éste ha sido uno de los puntos más rechazados desde la oposición política, pocos se han atrevido a cuestionarlo en los debates públicos.
Esta definición del suprapoder del PCC en la sociedad se introdujo en la primera versión del anteproyecto de la Constitución de 1976 que una comisión encargada de su redacción entregó a Fidel Castro el 24 de febrero de 1975. Aquel texto quedó aprobado por el Buró Político del Partido en abril de ese mismo año, en un contexto de gran aproximación a la Unión Soviética.
La sintonía con el Kremlin se reflejó en la Constitución que nacía, cuyo cuerpo principal ha llegado hasta nuestros días.
En ese momento, el texto del artículo sufrió leves modificaciones desde el anteproyecto a la versión final. La más llamativa fue el cambio de definición del PCC que pasó de ser la «vanguardia organizada marxista-leninista de la clase obrera» al «martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana», para darle un toque más local que apenas logró esconder su profunda esencia foránea.
El 15 de febrero de 1976 se realizó un referendo donde votaron más de cinco millones de electores de los cuales solo el solo el 1% (54.070 personas) se atrevió a marcar el No en la boleta. El artículo 5 fue visto entonces por la inmensa mayoría de los ciudadanos con derecho al voto como la definición formal de lo que todo el mundo daba como un hecho consumado, que no valía la pena intentar refutar.
El fracaso de la zafra de los 10 millones, el descalabro de la economía nacional y la visita de Leonid Brezhnev a la Isla, en 1974, habían cerrado el abrazo del oso ruso alrededor del modelo cubano. Aquel acercamiento se tradujo en el envío de cuantiosos recursos pero con la obligación por parte de la nomenklatura isleña de crear estructuras, modelos de gestión y de administración claramente compatibles con la URSS.
La sintonía con el Kremlin se reflejó en la Constitución que nacía, cuyo cuerpo principal ha llegado hasta nuestros días y sigue presente en varios de los artículos que se debaten en los barrios y centros laborales.
Aquel «copia y pega» no era un secreto para nadie y, en un folleto de circulación interna para cuadros del Partido, publicado en edición limitada en abril de 1975, se ofrecen los elementos que permiten hacer un estudio comparativo entre los artículos propuestos en el anteproyecto cubano y otras constituciones de diversos países de lo que entonces se llamaba «el campo socialista».
En el estudio comparativo que circuló entre los militantes se explicaban las afinidades entre la naciente Carta Magna cubana y sus primas cercanas de la Unión Soviética, Albania, Polonia, Vietnam, Mongolia, Checoslovaquia, Rumanía, República Democrática Alemana, Bulgaria, Hungría y Corea del Norte. En esa época China no era considerada en Cuba como un país socialista y no gozaba del favor de la Plaza de la Revolución, por lo que no fue incluida en el volumen.
La concordancia del artículo 5 de la Constitución de la Isla con las definiciones aparecidas en la ley de leyes de esos países refleja la similitud conceptual para expresar más o menos con las mismas palabras que el que manda en el país no es otro que el partido de los comunistas.
En un folleto de circulación interna para cuadros del Partido, publicado en edición limitada en abril de 1975, se ofrecen los elementos que permiten hacer un estudio comparativo entre los artículos.
El modelo cubano entró así en un ajustado corsé, que contrastaba con los primeros 16 años posteriores a 1959, en que el país careció de una adecuada Constitución que lo rigiera. El Partido empezó a organizar su primer congreso y solo nueve meses después de la visita de Brezhnev a La Habana se creó la comisión encargada de redactar el anteproyecto de Constitución, presidida por Blas Roca, un hombre de confianza de Moscú.
Con la presencia de Roca al frente de la tarea quedaban aseguradas las semejanzas entre la Carta Magna cubana y sus gemelas de Europa del Este. Las tradiciones criollas en temas constitucionales fueron reducidas a la nada y la tantas veces ponderada soberanía, disminuida a la condición de símbolo.
Hoy, el único país de la lista con el que Cuba mantiene concordancias constitucionales es Corea del Norte. El resto ha dejado en el pasado las pretensiones de liderazgo obligatorio del Partido Comunista. Los artículos que blindaban el sistema no sirvieron de mucho para detener el empuje democratizador que vivieron esas naciones. Cuando la Carta Magna quiso frenar la realidad fue -simplemente- derogada.
Sin embargo, la propuesta de reforma constitucional cubana en lugar de buscar similitudes con las leyes democráticas de países de América Latina, basadas en la competitividad de diferentes partidos políticos, se mantiene aferrada a la idea de imponer por ley la prevalencia de un único partido. Está atada a preceptos que ya demostraron su fracaso.
Las malas copias traen peores resultados y este caso no será la excepción.