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El laberinto de Putin

 

Los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI), con sede en La Haya, emitieron el viernes 17 de marzo una orden de arresto contra el presidente de Rusia, Vladimir Putin, acusado de crímenes de guerra en el marco de la invasión que lanzó contra Ucrania hace más de un año. Más exactamente se le acusa de responsabilidad directa en la deportación forzosa de menores ucranianos desde los territorios de Ucrania ocupados por Rusia.

Siendo este un crimen de guerra también se acusa a María Lvova-Belova, comisionada rusa para los Derechos de los Niños, por el rapto masivo de menores. Esa funcionaria es la cara visible del traslado masivo de 16.221 menores, desde pequeños hasta adolescentes, que según las investigaciones de la CPI han sido enviados a campos de reeducación y convertidos en ciudadanos rusos.

No obstante lo anterior, dado que Rusia no es miembro del CPI y tampoco reconoce su jurisdicción, los jueces del tribunal han pedido el apoyo de la comunidad internacional para llevar a cabo ambas detenciones, lo cual no va a ser fácil ya que todo depende de dos supuestos importantes:

1.- Que los acusados viajen a un país que forme parte de esta corte y que estuviera dispuesto a detenerlos.

2.- Que hubiera un cambio de régimen en Rusia que permitiera la extradición de Putin y de Belova.

Es decir, si no se cumplen alguno de estos supuestos, es poco probable que alguno de los dos sea extraditado. Más aún, si los detienen va a ser imposible que sean juzgados en el CPI, debido a la limitante jurídica que establece la no adhesión de Rusia al Tratado de Roma, por lo que se deberá concretar la propuesta de crear un tribunal internacional especial que cubra ese vacío legal.

La comunidad internacional estima que este es sólo el comienzo del proceso de hacer que Rusia y su líder rindan cuentas por los crímenes y atrocidades que están cometiendo en Ucrania, es decir, que no puede haber impunidad.

La CPI juzga solo a los máximos responsables de los mayores delitos ante la justicia internacional, no dispone de una fuerza policial para detener a las personas que acusa y depende por lo tanto, de que sus 123 Estados miembros se presten a hacerlo. En este caso, al tratarse del presidente de Rusia, la cooperación internacional cobra especial relevancia: si Putin viaja al extranjero se expone a una detención a partir de ahora. Con lo cual se ha convertido en un paria internacional, en un mundo cada vez más pequeño para él y a la otra persona indiciada.

Es importante mencionar que si bien Rusia no es miembro de ese tribunal ello no impide que su presidente sea detenido ya que la CPI no reconoce la inmunidad de los jefes de Estado y, los 123 países que firmaron el Estatuto de Roma están obligados a ejecutar los mandatos de detención contra Putin y María Lvova-Belova.

De esos 123 países, 33 son Estados africanos, 19 son Estados de Asia y el Pacífico, 18 son de Europa oriental, 28 de América Latina y el Caribe, y 25 de Europa occidental y otros Estados.

La emisión de la orden de detención es muy significativa entre otras cosas porque envía una señal a los altos cargos rusos militares y civiles de que pueden ser objeto, también, de enjuiciamiento ahora o en el futuro, y limitaría aún más no solo su capacidad de movimiento fuera de su país sino que los obligaría a pensar sobre su participación en la guerra contra Ucrania.

En la historia reciente se encuentra un buen ejemplo: el caso Slobodan Milosevic, expresidente de Yugoslavia, acusado de una serie de crímenes de guerra por el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia en plena guerra de Kosovo en 1999.

En el 2001, en medio de una pugna entre figuras clave de la oposición en Serbia tras la caída de Milosevic, el primer ministro, Zoran Djindjic, hizo caso omiso de una sentencia judicial que prohibía la extradición y ordenó el traslado de Milosevic a La Haya, afirmando: “Cualquier otra solución que no fuera la cooperación con La Haya llevaría al país al desastre”.

La detención de Milosevic que precedió a su traslado se produjo (como todas las cosas en el mundo de hoy), tras las presiones ejercidas sobre el Gobierno yugoslavo para que detuviera al expresidente o se arriesgaría a perder importantes ayudas económicas estadounidenses, préstamos del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial. HABIA QUE PENSARLO.

Quien escribe estas líneas ejercía como Encargado de Negocios en la Embajada de Venezuela en Bulgaria en 1999.

La gran pregunta es: ¿Acabará Putin detenido por la Corte Penal Internacional?, la respuesta es: dependerá de los dos supuestos que mencioné anteriormente.

La forma virulenta con que Putin manifiesta su rechazo al orden liberal internacional tiene que ver con la posición adoptada en la Conferencia de Seguridad de Múnich en 2007, en donde anticipó que Rusia siempre ha desarrollado una política exterior independiente y tiene la intención de continuar siguiéndola y la expansión de la OTAN tiene un carácter provocativo y reduce el nivel de confianza mutua.

Con lo cual dejó claro que su paradigma de las relaciones internacionales es Yalta, donde las grandes potencias se “repartieron” el mundo por áreas de influencia, y no la cooperación con Europa dentro del marco de la Organización de Cooperación Europea (OSCE). Es decir, según Putin, el uso de la fuerza para alcanzar objetivos geopolíticos es, legítimo y la violación flagrante del Derecho Internacional no es importante.

Rusia se ha saltado todos los acuerdos firmados en pos de un mundo más seguro, desde la Carta de la ONU, siendo miembro permanente del Consejo de Seguridad, órgano principal de las Naciones Unidas, al Memorándum de Budapest sobre Garantías de Seguridad,  firmado en Budapest, Hungría, el 5 de diciembre de 1994, que ofrece garantías de seguridad por parte de sus signatarios, con respecto a la adhesión de Ucrania al Tratado de No Proliferación Nuclear. El memorándum fue originalmente suscrito por tres potencias nucleares y Ucrania: RusiaEstados Unidos y Reino Unido es decir fue firmado por Leonid Kuchma, Borís YeltsinJohn Major y Bill ClintonChina​ y Francia más tarde consignaron declaraciones individuales de garantía.

El memorándum incluye garantías de seguridad frente a las amenazas o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de Ucrania, así como la de Bielorrusia y Kazajistán, siempre que no fuesen casos de defensa propia (artículo 2 del Memorándum). Como resultado, entre 1994 y 1996, Ucrania cedió a Rusia el tercer mayor arsenal nuclear del mundo, a cambio de «garantías de seguridad»

Para finalizar me pregunto: ¿para cuál de los mundos nos encaminamos?

 

Luis Velásquez –  Embajador

 

 

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