Buenismo en el Supremo
El Tribunal Supremo ha sido extraordinariamente sensible a los argumentos extrajurídicos, ha tenido muy en cuenta el contexto social y político y ha optado por la interpretación más liviana de la ley
La primera conclusión que se extrae de la lectura de los elementos principales de la sentencia del procés es que el Tribunal Supremo ha sido extraordinariamente sensible a los argumentos extrajurídicos, ha tenido muy en cuenta el contexto social y político y ha optado por la interpretación más liviana de la ley. Lejos de hacer suyos los argumentos de la Fiscalía, que consideraba acreditada la rebelión, el alto tribunal da por buena la tesis de que lo ocurrido en septiembre y octubre de 2017 no pasó de ser un sedicioso pero frustrado intento de presionar al Gobierno para alcanzar determinados fines políticos.
Pero aún hay más. Al descartar la rebelión, incluso sus variantes intermedias, el Supremo refuerza indirectamente la versión sustentada por los condenados de que nada de lo que hicieron contravino la ley; que todo se circunscribió a una estrategia que buscaba presionar al Gobierno de la Nación. “Jugábamos al póquer e íbamos de farol”, declaró un año después de aquellos infaustos días la que fuera consejera de Educación de la Generalitat, Clara Ponsatí. Esa es la coartada que en el fondo ha hecho suya el Supremo: la del “farol”; la de que la pretensión final no era derogar la Constitución y el Estatuto ni proclamar una república independiente, sino forzar la aceptación de un referéndum sin que en ningún caso el fin fuera alterar la legalidad por métodos violentos.
Esta no es una sentencia política, pero sin duda tiene un evidente trasfondo político. Los magistrados llaman la atención acerca de la “necesidad de abordar una regulación de esta materia que excluya el riesgo de trasladar al proceso penal la contienda política”, una argumentación utilizada de forma recurrente por las defensas de los procesados que, a buen seguro, va a ser uno de los ejes del debate en los próximos meses. Si a esto añadimos que la Sala Segunda rechaza la petición de la Fiscalía de hacer constar en la sentencia que los condenados no podrán acceder al régimen de semilibertad hasta haber cumplido al menos la mitad de la pena -pocas dudas hay de que la gestión de la condena por parte de las autoridades carcelarias de la Generalitat va a ser excepcionalmente benévola-, habremos de concluir que lo que hace el Tribunal Supremo esfacilitar una vía de escape que sirva para rebajar la tensión y acelerar un proceso de supuesta normalización.
En la sentencia del ‘procés’ el Tribunal Supremo, indirectamente, viene a recomendar a los políticos el camino de la negociación para reconducir el conflicto
Por muy contundente que pueda parecer, la sentencia se sitúa en el escalón inferior de lo previsto en el Código Penal. Sin duda, los magistrados, al igual que ocurrió en el proceso instructor y en el juicio oral, han extremado al máximo las garantías de los acusados. Ese ha sido el principal objetivo de Manuel Marchena y sus compañeros de Sala: no conceder ninguna oportunidad a una futura reconvención por parte de la justicia europea y trasladar la pelota al tejado de la política. Y es ahí donde los magistrados se equivocan: el independentismo manosea el diálogo pero no quiere dialogar; utiliza un fraudulento derecho a la libertad de expresión, plagado de falsedades, no para entenderse con el Estado, sino para desafiarlo, como se ha puesto de manifiesto en cada uno de los momentos críticos que hemos vivido en estos años, en los que los secesionistas siempre han apostado por la opción más radical.
El buenismo del Supremo no está por tanto justificado. La sentencia les ofrece una salida, pero no la aprovecharán. No quieren pactar, quieren imponer, y para ello están dispuestos a mantener el pulso, a seguir deteriorando la convivencia hasta expulsar de Cataluña a todos los que no comulgan con su ideario supremacista. Aunque haya que enmarcarla en la batalla electoral en curso, y en la pugna con el partido del fugado Puigdemont, la reacción de Oriol Junqueras a la sentencia (“No hay otra opción que construir un nuevo Estado”) es la prueba evidente de que los únicos caminos factibles para recuperar algún día la normalidad son la aplicación estricta de la ley (a ser posible convenientemente actualizada para impedir resquicios que sean aprovechados por los enemigos del Estado de Derecho) y el reforzamiento de la presencia del Estado en Cataluña.
Nos gustaría equivocarnos, pero mucho nos tememos que el ejercicio de equilibrismo magnánimo realizado por el Supremo acabará siendo interpretado por los ideólogos del secesionismo como una nueva etapa superada, frente a un Estado débil, en el camino hacia la independencia.