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Editorial: ¿Se aplica en Venezuela la Responsabilidad de Proteger?

¿Qué más se puede hacer frente a la muy grave situación en Venezuela? Esta es la gran pregunta que se formula dentro y fuera del país. En lo interno, el presidente encargado, Juan Guaidó, mantiene viva la esperanza de una salida constitucional. En lo externo, la comunidad internacional estrecha el cerco diplomático al dictador. ¿Es suficiente? La respuesta parece estar dentro de un principio denominado la Responsabilidad de Proteger, o R2P, por sus siglas en inglés. Es una alternativa interesante, acorde con las normas del derecho internacional.

No se trata de un debate académico sobre nuevas teorías, sino de una opción válida para que se actúe frente a graves situaciones de crisis internacional. Los genocidios en Balcanes o Ruanda dejaron un agrio sabor y abrieron el camino para que la ONU incorporara medidas más efectivas para prevenir o manejar momentos críticos. La R2P parte de la base de que el uso de la fuerza debe ser aprobado por el Consejo de Seguridad. Es una garantía de que no se actúe de manera unilateral, pero al mismo tiempo la constatación de que el juego político de Rusia y China va a bloquear una salida distinta a la que le convenga al régimen. Esas son las reglas de juego. De allí que su aplicación en Venezuela sea una buena oportunidad para verificar su eficacia. Es un hecho que en el país vecino, a pesar de que las alarmas se habían activado hace varios años, y con muy contadas excepciones, las respuestas de la comunidad internacional han sido demasiado lentas.

De momento, en la diaria realidad que viven los venezolanos, la solución más radical que se contempla es la de quienes, desesperados y ante la perspectiva de tener que soportar la dictadura de Nicolás Maduro otros cinco años, apoyan una invasión que lo saque del poder. Los maduristas, por su parte, le siguen apostando a mantener el statu quo mediante el uso de la fuerza. La R2P podría ser una vía intermedia que ofrece opciones legítimas a pesar de sus limitaciones. Dado que “no es una carta blanca a la intervención”, puede ser la manera de privilegiar respuestas pacíficas y diplomáticas.

No es el ideal, por supuesto, pues choca con intereses geopolíticos evidentes. El ideal es actuar preventivamente. Pero cuando no es posible, se puede acudir a las medidas descritas. De momento, es lo más lejos que se ha llegado para actuar dentro del marco de la Carta de la ONU. Las sanciones y el cerco diplomático son dos medidas que ya se están aplicando y se seguirán reforzando. Pero los perpetradores deben saber que no tendrán impunidad por los delitos de lesa humanidad cometidos. A las denuncias de la CIDH y de la OEA, se suman ahora las de un contundente informe de la alta comisionada de derechos humanos de la ONU, Michelle Bachelet, en el que se detallan los horrores y las atrocidades cometidas por Maduro.

Para enfrentar los casos de Venezuela y Nicaragua, donde se presentan conductas similares por parte de sus regímenes, se deben privilegiar las medidas previstas por la R2P. Como dijo el secretario de la OEA, Luis Almagro, tras la reciente detención arbitraria de Roberto Marrero, mano derecha de Guaidó: “Nuestra respuesta no puede ser un comunicado de condena (… deben darse…) acciones apegadas al derecho internacional como la R2P. Negar instrumentos del derecho internacional al pueblo de Venezuela es inmoral e irresponsable”. Lo cierto es que el costo de la inacción es demasiado alto.

 

 

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