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La corrupción en Cuba, más organizada e internacionalizada

El fiscal general de la República, Darío Delgado Cura. (EFE)

Existen, básicamente, dos formas de delito económico en Cuba. Uno es «la lucha», socialmente aceptada en tanto facilita conseguir por vías informales productos de primera necesidad a los que el Estado impone sobreprecios. La otra es la de cuello blanco, liderada en ocasiones por funcionarios o empleados públicos que obtienen interés o beneficio aprovechándose de su cargo.

El jefe de la Dirección de Enfrentamiento a la Corrupción e Ilegalidades, Biliardo Amaro, reconoce este último en un área que, considera, puede repuntar con el aumento de negocios en el exterior: la corrupción en la contratación internacional.

«A partir de los 90 y acentuándose desde los 2000 —reveló el funcionario durante una alocución en el Palacio de las Convenciones de La Habana—, la tendencia en estos hechos en nuestro país ha tenido un incremento cuantitativo permanente, pero sobre todo con una mayor cualificación de su organización, comisión, colectivización e incluso internacionalización».

Tanto así, que Amaro propuso al fiscal general de la República, Darío Delgado, «organizar un sistema de enfrentamiento al fenómeno creciente de la corrupción en el resto de las provincias del país».

Fidel Castro, aún siendo presidente, reconoció públicamente la existencia del fenómeno: «No pocos hacían evidente su corrupción, y muchos lo sabían o lo sospechaban, porque veían el nivel de vida y a veces por tonterías: este cambió el carrito, lo pintó, le puso esto, o le puso unas banditas bonitas porque se volvió vanidoso; 20 veces lo hemos oído por aquí, por allá, y hay que tomar medidas por aquí o por allá», dijo en 2005.

Raúl Castro, en 2013, frente al Parlamento cubano, prometió fustigar tales manifestaciones «que atentan contra las bases mismas de nuestro sistema social, partiendo de que sin la conformación de un ambiente de orden, disciplina y exigencia en la sociedad, cualquier resultado será efímero».

Días después, adjunta a la Fiscalía General de la República (FGR), se creó la oficina que encabeza Amaro. «En las condiciones actuales —aceptó en una ponencia sobre procesos penales asociados al tema— es necesario elevar el nivel de enfrentamiento al delito transnacional«, incluyendo el derivado de acciones contractuales.

Modus operandi

Transfería los dólares del negocio a una cuenta bancaria personal en el extranjero y de allá llegaban, poco a poco, como remesas familiares o «ayudas» de amigos a su casa en Cuba. Quería asegurar el futuro, para «la era post Revolución». O emitía criterios especializados favoreciendo negocios que encubrían otras actividades, y una mano con billetes se le aproximaba. O falsificaba documentos del proceso de negociación, contratación y ejecución comercial dictadas desde los niveles superiores.

Esos fueron algunos de los principales modus operandi definidos por la FGR en procesos de contratación internacional. Algunos, igualmente recurrentes, estuvieron asociados a la entrega y recepción de sobornos abiertos o encubiertos de diversas maneras, en efectivo o especie, sistemáticas u ocasionales. Otros, «para contratar con premura, enmascarando el favorecimiento a proveedores, la apropiación o desvío de recursos materiales», hablaban de «romper el bloqueo», «los nuevos escenarios», «aprovechar las oportunidades de acercamientos con organizaciones norteamericanas». Todo eso lo detalla una lista anexa al documento El control de los procesos penales asociados a la corrupción derivados de la contratación internacional, presentado en el Encuentro Internacional Ciencias Penales 2018.

Las contrataciones y ejecuciones favorecedoras a cómplices, en detrimento de otras posibilidades más beneficiosas para el país, y la emisión de pagos indebidos, excesivos o innecesarios a entidades, también marcan tendencias actualmente.

De otro lado, se suman los pactos con empresas o personas insolventes, sin posibilidades reales de acometer lo convenido, y la reiterada comisión de encubrimientos de fraude en las negociaciones, contrataciones y ejecución de operaciones comerciales.

El establecimiento de negocios o inversiones por y con cubanos radicados en el exterior y sus vínculos como testaferros en hechos de corrupción en la contratación internacional, así como el enmascaramiento de bienes obtenidos a nombre de terceros no vinculados directamente con la actividad ilegal, cierran el top ten.

La mirilla del fiscal es de clase radiográfica. Apunta al nivel de vida de los acusados, a bienes inmuebles, automotores, electrodomésticos, y cualquiera de otra clase —estén a su nombre, al de sus familiares o al de un sustituto—, a sitios que frecuente, gastos diarios aproximados que realice, negocios en los que invierte en Cuba o el extranjero, cuentas bancarias dentro o fuera del país.

De esa indagación canina dependerá la condena.

Barreras

«La corrupción nunca acabará», advirtió la directora del Observatorio Legislativo panameño, Julia Elena Sáenz, desde el mismo estrado en que intervino Amaro. «Lo que podemos hacer es disminuir los niveles de corrupción».

Pero, explicó el cubano, en la Isla «actualmente existe un grupo de situaciones que inciden negativamente en la efectividad del procesamiento de estos hechos».

En referencia directa al Ministerio del Interior (MININT), pidió conocer «la información previa» que posean los militares para, desde sus inicios, conducir óptimamente los procesos penales. No obstante, recordó que el fiscal, «bajo ningún concepto, puede perder el papel regulador» y que «su actuación no puede estar determinada por la información previa obtenida». Llamó a «distinguir la fusión de intereses que se crea entre sus obligaciones constitucionales y los intereses del MININT por la traición a la confianza de los acusados».

Internamente existen «indefiniciones y barreras que contribuyen a que no siempre se realice una correcta tipificación del ilícito», expuso Amaro, «dependiendo en la mayoría de criterios personales que no siempre, por desconocimiento, permiten lograr la efectividad requerida en toda su extensión».

Consideró necesario capacitar a los fiscales en Cuba o el extranjero en lo referente a la contratación internacional. Pueden ayudar instituciones académicas como la Universidad de La Habana y otras que ejecuten o controlen directamente la actividad, como el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, la Contraloría General de la República, el Banco Central de Cuba, o el Laboratorio Central de Criminalística.

En su opinión, «las complejidades de estos hechos, la insuficiente preparación y experiencia de los fiscales» responsables de enfrentarlos entorpecen «la calidad del control y demora en la tramitación de las investigaciones, de procesos penales realizados, para lograr su esclarecimiento y consecuente respuesta».

En Cuba han regido varias legislaciones penales, desde el Código Penal español de 1870, pasando por el de Defensa Social de 1936, donde se regularon figuras delictivas asociadas a las negociaciones prohibidas, delitos funcionariales o contra la función pública. Después de 1959 el primer Código Penal socialista suprimió estos tipos penales. Hasta 1987 no se volverían a incorporar con el Decreto Ley 175.

«No obstante, no es posible encontrar una modalidad que pueda considerarse similar a la formulación del actual delito de negociaciones ilícitas», considera el profesor de la Universidad de Holguín (UHO), Manuel Alberto Leyva.

El también jefe del Departamento de Derecho de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas en esa institución docente, asegura que la formulación actual referente a negociaciones ilícitas «resulta inadecuada para proteger los diferentes procesos de negociación que se están produciendo en el país».

Para Leyva, deben incorporarse nuevas modalidades de comisión del delito, y reformular la definición actual de funcionario público, demasiado extensiva, para lograr la persecución real y objetiva de quienes más afectan la función pública.

La baja percepción de peligro también es un lastre en ese sentido, pues la sociedad cubana considera «ajenos a ella, los delitos que afectan al Estado. Si en nuestro país los medios fundamentales de producción están en poder del Estado, existe una apreciación de que lo que es del Estado es de todos y lo que es de todos no es de nadie».

El especialista Miguel Limia concordó con ello en su estudio Aproximación ética al fenómeno de la corrupción, de 2010: «Desde los 80 la propiedad socialista en su forma estatal y cooperativa no ha logrado engendrar el sentimiento de dueño colectivo en los trabajadores de manera masiva y sostenida, ni garantizar la participación creciente e interesada de los mismos en el proceso de dirección consuetudinario».

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