Venezuela: ¿Embargos?
En el año 2013 fueron embargados tres buques de PDV MARINA, como consecuencia de la demanda por incumplimiento de pagos de servicio de fletamento, incoada por la sociedad mercantil CH Offshore Ltd (CHO) el 14 de agosto de dicho año ante la Corte Suprema del Reino Unido.
En esa ocasión, en Curazao fueron retenidos los barcos Terepaima y Guanoco, y en Suráfrica el Río Caroní.
La petrolera nacional adeudaba 45,524 millones de dólares y la cuantía de la demanda fue de 70 millones, monto que luego de intensas negociaciones se depositó como garantía para el rescate de las embarcaciones.
Los hechos referidos no fueron investigados por la Asamblea Nacional, ni por ninguna otra de las instituciones encargadas de controlar el manejo de los recursos públicos. Esto a pesar de que las medidas judiciales ocasionaron erogaciones mayores a lo adeudado inicialmente y lesionaron severamente la solvencia internacional de Petróleos de Venezuela.
Cuando el embargo de los buques ocurrió, todavía estábamos en tiempos de bonanza y de altos precios petroleros. En ese entonces existían recursos suficientes para pagar por la irresponsabilidad, la piratería y la desidia burocrática, lo que le permitía al gobierno pasar por debajo de la mesa los actos irresponsables de sus funcionarios. Por tanto, las retenciones del Terepaima, el Guanoco y el Río Caroní no fueron noticia importante. El gobierno, como todo rico maula, forzado a pagar pagó y la situación no llegó a mayores.
Dos años después de aquel acontecimiento, al régimen y a su disminuida PDVSA se les presenta una situación bastante más delicada. Se trata de las decisiones arbitrales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias (CIADI).
En esos tribunales se procesan más de veinte demandas millonarias por las expropiaciones a las transnacionales de minería y petróleo decretadas por el Presidente Chávez. Estas expropiaciones se cumplieron en función de la radicalización del modelo socialista, por lo que el procedimiento empleado correspondió al criterio de no compensar, o de resarcir lo menos posible a las compañías afectadas. Y en ese orden de ideas, en enero de 2012 la Cancillería anuncia su separación de la CIADI, argumentando que la adscripción a ese organismo ocurrida en 1993 formó parte de un plan de desmantelamiento de la soberanía orquestado por sectores económicos transnacionales. A pesar de ello, el retiro de Venezuela del organismo arbitral no le exime de enfrentar las demandas introducidas con anterioridad a esa decisión. Por lo tanto el gobierno de Maduro debe pagar lo que establezcan cada una de las sentencias pendientes. De hecho, las primeras decisiones obligan al Estado a cancelar en términos perentorios 46,4 millones de dólares a la norteamericana Tidewater por la confiscación de 11 buques; 455 millones a la Owens Illinois por las dos plantas de producción de envases de vidrio que la multinacional tenía en Los Guayos y en Valera; 1600 millones a la Exxon Móbil por la liquidación de sus contratos en la Faja del Orinoco; y a la minera Gold Reserve 740.3 millones por la eliminación de sus dos grandes proyectos auríferos en el Estado Bolívar.
A estas sentencias ya decididas, vendrán a sumarse otras en CIADI y en diferentes instancias judiciales internacionales. Algunas de esas reclamaciones con sus respectivos montos en dólares son: Crystallex International Corporation, 3.417,85 millones; Highbury International AVV y Ramstein Trading Inc, 633,26 millones; Conoco Phillips 50.000 millones; PDV Sweeeny, Inc y PDV Texas, Inc 548 millones; Opic Karimum Corporation, 325 millones; The Simco Consortium, Wood Group Engineering, 624 millones y 163,34 millones; Helmerich & International, Drilling Co. y Helmerich & Paine de Venezuela C.A, 32 millones; Rusoro, 3.030 millones; Tenaris, 28 millones. Por su parte Gambrinus; Nova Scotia; Venoklim Holding; Saint Gobain; Universal; y Wilpro plantean nuevos juicios por cantidades que no conocemos.
Las nuevas obligaciones derivadas de los juicios a los que nos hemos referido, surgen en tiempos de una creciente escasez de divisas, y de la necesidad de afrontar el pago del servicio total de la deuda externa estimado para este año en 12 mil millones de dólares. Las sentencias dictadas hasta ahora, obligan al Estado a pagar prontamente más de 2.800 millones de dólares y si consideramos el gigantesco monto de los otros juicios en curso, es de temer que a pesar de la habilidad y competencia de los bufetes contratados para defender al Estado, serán multimillonarias las erogaciones que el Ejecutivo tendrá que cumplir para evitar el embargo de sus activos, cuentas y bienes en el exterior.
Por cierto, un vocero de la Owens Illinois declaró a los medios internacionales en marzo pasado: “Si Venezuela no cumple sus obligaciones, trataremos de ejecutar el laudo contra sus activos en todo el mundo”.