Enrique Krauze: Contra el despotismo
Ningún país es inmune al despotismo. Los padres fundadores de Estados Unidos lo sabían bien.
Ningún país del mundo, ni siquiera Estados Unidos, cuya Constitución ha cumplido 233 años, es inmune a los abusos del poder absoluto en manos de una sola persona. Los padres fundadores lo sabían muy bien y en estos días se ha comprobado. Vale la pena recordar su lección.
Alexander Hamilton
«Al gobierno se le suele clasificar, con frecuencia y precisión, bajo dos clases: un gobierno de fuerza y un gobierno de leyes; el primero define al despotismo; el último, a la libertad».
«Tully No. III», 28 de agosto de 1794.
«La mayoría de los hombres tienen implantada una debilidad por el poder, y es natural abusar de él cuando lo consiguen».
The farmer refuted, 23 de febrero de 1775.
«Una gran ambición, sin el control de los principios, […] es una tirana insumisa».
Carta a James A. Bayard,16 de enero de 1801.
James Madison
«No se puede negar que el poder tiene una naturaleza invasora y debe ser restringido con eficacia para evitar que cruce los límites trazados».
The Federalist, núm. 48, 1788.
«Un despotismo electivo no fue el tipo de gobierno por el que peleamos, sino uno en el que los poderes del gobierno estén divididos y equilibrados de tal modo entre los distintos cuerpos magisteriales que ninguno pueda trascender sus límites legales sin ser acotado y restringido de manera efectiva por los otros».
The Federalist, núm. 48, 1788.
«La acumulación de todos los poderes –el legislativo, el ejecutivo y el judicial– en las mismas manos, ya sean un par, o unas cuantas, o muchas, ya sea por herencia, por designación propia o por la vía electiva, puede considerarse con justicia como la definición misma de la tiranía».
The Federalist, núm. 47, 1788.
«La verdad es que se debe desconfiar de todos los hombres con poder».
Atribuida a él.
«Cuando prevalece el exceso de poder, no se respeta como se debe la propiedad de ningún tipo. Ningún hombre está seguro en sus opiniones, su persona, sus facultades ni sus posesiones».
Ensayo en la National Gazette, 27 de marzo de 1792.
«La esencia del gobierno es el poder; y el poder, alojado -como debe estar- en manos humanas, siempre será susceptible de abuso».
Discurso pronunciado en la Convención Constitucional de Virginia, 2 de diciembre de 1829.
«En todos los gobiernos hay un poder que puede ejercerse de forma opresiva».
Notas sobre el sufragio, 1787.
Thomas Jefferson
«No soy amigo de un gobierno muy enérgico. Siempre resulta opresivo».
Carta a James Madison, 1787.
«Ninguna de las tareas que realizó el ejecutivo fue tan compleja como la de elegir a la persona precisa para ocupar el sitio adecuado».
Citado por J. B. McMaster, A history of the people of the United States (1883-1913).
«Cuando un hombre mira anhelante hacia alguno de ellos [puestos públicos], una podredumbre comienza en su conducta».
Carta a Tench Coxe, 1799.
«A menos que la masa retenga el suficiente control sobre aquellos en quienes ha confiado los poderes del gobierno, a estos los pervertirá su propia opresión…».
Carta a M. van der Kemp, 1812.
John Adams
«Hay peligro en todos los hombres. La única máxima de un gobierno libre debe ser no confiar a ningún hombre vivo el poder de poner en riesgo la libertad pública».
Notas para una alocución en Braintree, Massachusetts, primavera de 1772.
«Cortar los retoños del poder arbitrario es la única máxima que puede preservar las libertades de cualquier población».
«The Novanglus Papers», Boston Gazette, núm. 3, 1774-1775.
«La nación que no consiga un equilibrio del poder adoptará el despotismo. No hay otra alternativa. Las rivalidades deben controlarse o crearán confusión general, y no hay nada salvo el despotismo o el equilibrio del poder capaz de controlarlas».
Discourses on Davila, núm. 15, 1790-1791.
«El poder siempre cree que tiene un alma magnánima y grandes miras, más allá del entendimiento de los débiles; y que está actuando al servicio de Dios, incluso cuando esté violando todas sus leyes … el Poder nunca debe confiarse sin restricciones».
Carta a Thomas Jefferson, 2 de febrero de 1816.
Publicado en Reforma el 10/I/21.