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Oswaldo Páez-Pumar: Una noticia infausta

 

 

Llega a mi correo la siguiente noticia. Se avanza en la comunidad europea la calificación del aborto como uno más de los derechos que por ser esenciales a la condición humana, adquieren “el derecho” de ser calificados con el adjetivo “humano”.

Me resulta difícil explicarme a mí mismo como puede entrar a formar parte de los derechos que se consideran inherentes a nuestra condición, a nuestra propia naturaleza, la realización de un acto que pone término al origen de la vida de todos cuantos existimos hoy, de todos cuantos nos precedieron y de todos los que puedan llegar a existir. La decisión de una mujer se pone por encima de la vida del concebido por el hecho de no haber sido alumbrado.

A conciencia de que muy seguramente despierto la ira de las abortistas, no puedo dejar de decir que el concebido no es el fruto de la embarazada, sino de la unión carnal de una mujer con un hombre, sin cuya colaboración no habría sido posible la gestación del concebido. Claro, hoy en día existe toda la parafernalia científica para la concepción sin necesidad del acoplamiento sexual, pero si el “el aborto como derecho humano” se llegara a extender a la mujer embarazada con esa asistencia, habría que pensar en que después de practicado el aborto, o quizá más bien antes de practicarlo, habría que darle asistencia psiquiátrica.

En los casos de embarazo por la vía del acoplamiento sexual no soy yo quien va a invocar el derecho del varón a oponerse al aborto; y no lo hago porque piense que carece de tal derecho, sino porque quienes quieren dar al aborto la categoría de “derecho humano”, desatarían una feroz campaña contra el varón que con su oposición pretendiera impedir el aborto decidido por la embarazada, en ejercicio pleno de su “derecho humano”.

Quizá me equivoco al asentar el juicio con el cual concluyo el párrafo anterior; y una divergencia en asunto tan delicado como éste no desataría ninguna participación de la sociedad de la cual forma parte la pareja involucrada, sino que esa diferencia se resolvería en la privacidad de los involucrados, bien sea que la concepción haya surgido de una unión matrimonial, de una pareja que sin estar unida en matrimonio, lo está de manera estable prescindiendo del formalismo legal, o si se trata de una unión pasajera que se ve sorprendida por lo inesperado del resultado; y finalmente desde luego, porque no puede dejar de considerarse, el embarazo surja de una violación.

Este último caso, quizá mejor expresado, en este último caso, sin quitar fuerza a otros argumentos, se encuentra la mayor fuerza para hacer del aborto un derecho a ser ejercido por la víctima de la violación, que no tendrá que arrastrar de por vida el recuerdo del malhadado momento y la carga de sustentarlo. En las uniones pasajeras sorprendidas por lo inesperado las hay de tan diversos grados que hasta incluyen padres que imponen el aborto, para seguir exhibiendo a sus hijas como vírgenes.

Lo cierto es que nuestras sociedades han ido evolucionando en torno a la pena de muerte que siempre se circunscribió para delitos atroces, restringiendo cada vez más la posibilidad de su aplicación, inclusive en hipótesis de reincidencia en el más atroz de los delitos, el homicidio. Ahora vamos a consagrar la licitud de ese delito, siempre y cuando se practique en una víctima que esté no solo incapacitada para defenderse, sino incluso para gritar.

 

Caracas, 10 de junio de 2021

 

 

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