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UCV – Cátedra de Derecho Constitucional: Carta a Michelle Bachelet

Universidad Central de Venezuela Cátedra de Derecho Constitucional

 

Caracas; 19 de junio de 2019

EXCELENTÍSIMA SEÑORA

MICHELLE BACHELET

ALTA COMISIONADA PARA LOS DERECHOS HUMANOS DE LA ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS (ACNUDH)

 

Nos honra dirigirnos a usted con el fin de celebrar su visita a nuestro país y la decisión de verificar in situ la situación institucional y la grave crisis humanitaria que vive Venezuela. Valoramos a tal grado su presencia que hemos considerado un deber ciudadano y académico colaborar con su misión; y no hemos encontrado mejor forma de hacerlo que advertirle sobre el riesgo de un fracaso a sus gestiones producto del ocultamiento oficial de las circunstancias y situaciones, muy particulares, sobre el proceso político, económico y social que sufren los venezolanos.

La primera premisa que debe plantearse, ante cualquier indagación de la realidad nacional, esta en dirección a comprender que el Régimen de Facto que dirige Nicolás Maduro ha utilizado todo diálogo, conversación o acercamiento como mecanismo de consolidación y confirmación de los actos de usurpación que derivan de una pretendida juramentación como Presidente, el 10 de enero de 2019. No entender este hecho que tiene antecedentes lejanos en la estrategia autoritaria y considerar que existe una vocación democrática de esos factores, en los que tampoco hay atisbos de pluralismo, sería someterse a la burla y manipulación de quienes no sienten el más mínimo respeto, ni reconocen la dignidad de cualquier interlocutor.

La segunda premisa está en orden de ratificar los pronunciamientos oficiales de esta cátedra dirigidos a demostrar que, en Venezuela, los Derechos Humanos no tienen el valor de un estatuto que marque el funcionamiento democrático de la sociedad. Se vive un proceso de desmantelamiento institucional y sistemática violación de los derechos más elementales como la vida, libertad, propiedad que nos ha llevado a una situación de deshumanización inédita en las Américas. Percibimos la destrucción sistemática de la República, sus instituciones, la total ausencia de autonomía de poderes, la inexistencia del Estado de Derecho. Todo ello guarda relación con el irrespeto de los derechos civiles, sociales, económicos y políticos, amparados por convenios internacionales y nuestra Carta Marga, producto de conquistas ancestrales del ser humano.

El Régimen de Facto imperante excluyó a Venezuela del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y desconoce las decisiones condenatorias y preventivas de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Afirmamos entonces que usted nunca podrá tener un interlocutor legítimo que pueda ser considerado como representante de un Estado. A lo más, estaría relacionándose con autoridades responsables de la sistemática violación de los derechos más elementales y crímenes de lesa humanidad.

En cuanto a la emergencia humanitaria compleja que se pretende constatar con su visita, las estadísticas publicadas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados son contundentes al relacionar una migración muy superior a cuatro millones de personas, la cual pone en riesgo la seguridad de la región, con la desesperante situación que sufren los venezolanos por un desastre económico que ha provocado una contracción de la economía del 18%, en el último año; una hiperinflación que ha llevado a la población a niveles superiores de marginalidad y depauperación; y una situación de desabastecimiento, carencias y hambruna a la población, independientemente de ubicación territorial o sectores, superando cualquier índice de pobreza crítica.

El Informe de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y del Panel de Expertos Internacionales Independientes sobre la Posible Comisión de Crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela, hecho público en Washington D.C. el 29 de mayo de 2018, ha indicado que “el Régimen venezolano es el responsable de lo que se ha convertido en una de las peores crisis humanitarias que la región haya vivido (…) La gravedad de la crisis humanitaria no es sencillamente la consecuencia de negligencia, pero se ha convertido en una estrategia más amplia de represión en el país, que es guiada por intereses ideológicos y políticos (…) Los alimentos, los medicamentos y otros productos de primera necesidad son las herramientas de control político y social que utilizan deliberadamente para la persecución de su gente”. En pocas palabras, se trata de una situación que se traduce en desolación y muerte.

En materia asistencial, se ha certificado la máxima gravedad de la situación agónica por la inexistencia de medicamentos, vacunas e insumos médicos; una infraestructura hospitalaria derruida; la inoperatividad del 95% de los equipos de radiología y hemodinamia; y la imposibilidad de dar tratamiento médico a las enfermedades crónicas como en los casos de las personas con trasplante, pacientes oncológicos, bajo tratamiento de diálisis y VIH por la ausencia de Antiretrovirales. Poco es lo que usted tiene que constatar en esta materia, ya está dicho y escrito, basta analizar el Informe 2018 sobre Venezuela para constatar que la situación desesperante narrada por su antecesor ha empeorado.[1]

Los miembros de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela nos hemos pronunciado formalmente sobre las siguientes acciones que le solicitamos impulsar:

  1. Tomar las imprescindibles medidas que permite el Derecho Internacional Humanitario así como aquellas dirigidas a eliminar la situación de riesgo y conflictividad que derivan de una permisiva relación con la dictadura usurpadora que ha destruido a Venezuela.
  2. Velar por el cumplimiento de los Tratados Internacionales por parte de los Estados dirigido al respeto de la condición de refugiados de los ciudadanos venezolanos impelidos a huir al extranjero.
  3. En cuanto a la efectiva vigencia del Pacto de San José de Costa Rica que establece la dogmática regional sobre Derechos Humanos, presionar al régimen de facto por todos los medios permisibles para que se cumpla el instrumento contentivo de Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos durante el 131º período ordinario de sesiones celebrado del 3 al 14 de marzo de 2008; y las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) adoptadas en el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente en 1955 y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663 C (XXIV), de 31 de julio de 1957, y 2076 (LXII), de 13 de mayo de 1977, en la delicada situación que se encuentran los presos políticos venezolanos a los que se les violenta su integridad personal y que son seres humanos secuestrados objetos de negociación política.

Estimada señora, el sentido práctico de su visita, el único que visualizamos, está en orden de provocar medidas concretas que deriven en la libertad de los presos políticos, contener el mensaje belicista de los factores diversos que integran el Régimen de Facto y frenar la represión brutal y el uso de la violencia institucionalizada contra una población indefensa. Específicamente, usted puede ser decisiva en la lucha por garantizar la vigencia del artículo 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual establece la prohibición a la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes; y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. Repetimos, su acción sería decisiva y salvaría muchas vidas.

Le manifestamos nuestro profundo respaldo en la lucha por estos valores y le deseamos el mayor de los éxitos en su misión. Un trabajo que debe evitar caer en las maniobras de represores, torturadores y autoridades ilegítimas que solo ven en su visita una oportunidad para consolidarse en el poder.

Hacemos propicia la oportunidad para reiterar a usted las seguridades de nuestra más alta consideración.

 

PROFESORES DE LA CÁTEDRA DE DERECHO CONSTITUCIONAL

Prof. Tulio Álvarez

Jefe de Cátedra, Escuela de Derecho

Prof. Nelson Chitty La Roche

Jefe de Cátedra, Escuela de Estudios Políticos y Administrativos

Prof. Isabel Cecilia Esté

Jefe de Cátedra, Escuela Estudios Internacionales

 

Prof. Oscar Arnal

Prof. Alberto Blanco-Uribe Quintero

Prof. Julio César Fernández Toro

Prof. Leonel Alfonso Ferrer

Prof. José Vicente Haro

Prof. Gustavo Alberto Manzo Ugas

Prof. Carlos Martínez Cerruzi

Prof. Moisés Enrique Martínez

Prof. Fernando Fernández

Prof. Eduardo Sánchez

Prof. Félix Sánchez

Prof. Gustavo Tarre Briceño

Prof. Andrés Páez

 

[1]https://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/VenezuelaReport2018_SP.pdf

 

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