Democracia y Política

Extraño juramento (de Diosdado Cabello)

jurarEl teniente Cabello ha jurado por el Dios de sus padres, por su honor y por su vida que entregará su existencia a seguir el legado de su comandante. El teniente y su comandante también juraron cumplir la constitución y leyes de la República cuando, cada uno en su momento, se graduaron de sub-tenientes en la Academia Militar. Ese juramento no fue obstáculo para participar en el golpe del 4 de febrero de 1992, que los convirtió en perjuros tanto al teniente como a él.

El juramento es un acto de carácter formal. Se presta cuando se asume el ejercicio de un cargo, cuando se da testimonio en un juicio y así en otras circunstancias especiales, como por ejemplo, cuando se hace la declaración jurada de bienes que la ley exige a los funcionarios públicos. La solemnidad del acto de prestar juramento lo hace tan singular, que para cuestiones tan serias y solemnes como por ejemplo contraer matrimonio, no se lo toma. Simplemente hay la promesa de los contrayentes, pero no el juramento.

Perjurar no es únicamente faltar o incumplir con el juramento dado, como hemos señalado en relación con los alzados el 4 de febrero, también lo es jurar mucho. A este juramento del teniente se le aplica como guante al dedo el decálogo mosaico, que prohíbe invocar el nombre de Dios en vano. Se puede afirmar que su juramento es una caricatura, porque además de la vana invocación del nombre de Dios, el teniente lo que promete es inasible: “seguir el legado de su comandante”.

Si no fuera ya mayorcito, el teniente supera el medio siglo, cabría comparar su juramento con el del niño que le dice al padre o la madre “te juro que yo no fui”. Y como el juramento se produce en medio del escándalo que lo rodea en relación con el abominable delito del tráfico de drogas, el pueblo tiene derecho a preguntarse ¿qué es lo que pasa con este ciudadano, que detenta la condición de diputado, es decir, representante del pueblo y para colmo preside la asamblea?

¡Qué juramento, ni que ocho cuartos! Pídale a la fiscal que inicie averiguaciones, sepárese del cargo mientras dura la investigación, ponga a la orden del ministerio público todo cuanto pueda ser considerado como elementos a ser valorados en un procedimiento oficioso, con salvedad de lo privado; pero por encima de todo, desautorice a todo aquellos que, sin tener vela en ese entierro, se pronuncian sobre su inocencia, especialmente si se trata de funcionarios y más aún de jueces.

 

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